La tasación de un inmueble consiste en la valoración del mismo por un técnico competente e imparcial. Para ello se han de tener en cuenta diversas variables como el precio medio del mercado, así como las características peculiares del mismo.
Si usted está interesado en que le tasemos su inmueble, pídanos presupuesto.
Nuestras tasaciones son aceptadas por todas las entidades financieras.
La CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS es un documento que describe la eficacia energética de un inmueble y que desde junio del 2.013 necesita cualquier inmueble para su compraventa o alquiler.
El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios es la norma fundamental que rige, desarrolla y sobre la que se ha de basar todo certificado energético.
El objetivo primordial de la certificación energética es el de promover edificios de alta eficiencia energética, dando información objetiva a los compradores y usuarios sobre sus características energéticas, de forma que se puedan valorar y comparar sus prestaciones.
Los autorizadores de la eficiencia energética han de ser arquitectos, ingeniero y técnicos cualificados para ello.
Afecta a todos los inmuebles excepto:
• Edificios y monumentos que estén protegidos.
• Los utilizados como lugares de culto.
• Edificios industriales o agrícolas no residenciales.
• Construcciones provisionales.
• Edificios que se compren para ser demolidos.
• Inmuebles con una superficie útil inferior a 50 m2.
La ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA es obligatoria incluir en cualquier tipo de publicidad para la venta o alquiler de un inmueble. Se prevé que para el cumplimiento de esta normativa, sea el Notario quien exija dicho certificado en el momento de la transacción del inmueble. En caso de alquiler, se especificará el organismo oportuno.
Además, los edificios frecuentados por público con una superficie útil superior a 500 m2, deberán exhibir el certificado de eficiencia de forma obligatoria en lugar visible.
Lo asume íntegramente el propietario del inmueble.
La certificación únicamente a título informativo, no obligando al propietario a realizar obra alguna. Bien es cierto que el resultado o calificación de este certificado será un dato más a tener en cuenta a la hora de vender o alquilar un inmueble.
Su validez es por un período de diez años y el propietario es el responsable de solicitarlo.
El precio del certificado es fijado por el mercado, variando según el tipo de edificio, así como su superficie.